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Cuales son tus derechos
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Traslados a otra prisión

Lo más importante es que te muevas rápido. La Ley Orgánica Penitenciaria dice que el preso debe vivir en la cárcel más próxima al domicilio de su familia. Por desgracia, como las cárceles están desbordadas de gente se excusan en la falta de seguridad para trasladarlos a la Península. No lo permitas.
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Presenta un Recurso de Reforma a la DGIP (Dirección General en Madrid)
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Rellena el modelo T1, quitando lo que aparece en ROJO y cambiando lo que aparece en AZUL |
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Imprime 2 copias y que las firme el preso (autor en teoría del escrito) |
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Que lo presente el que está dentro por ventanilla como cualquier escrito y, además, envíalo desde fuera por fax a la atención de: |
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913354052
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913354052
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No tiene ningún valor jurídico, pero por lo menos quedan informados rápidamente del recurso y, de que se está haciendo todo lo posible para que no se traslade a la persona.
IMPORTANTE: Que te sellen una copia y, te la quedas tú o tu familiar dentro. Así podrán demostrar que la presentaron.
Además de lo anterior, puede presentar un escrito explicando la situación y por qué la consideras injusta (o pedir hablar con ellos) a:
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Tú llevándolo al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
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La directora de Tenerife II
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El Juez de Vigilancia Penitenciaria:
Probablemente aquí te dirán que no es cosa de ellos, pero igualmente quéjate. Mod. T2 :
Palacio de Justicia de Santa Cruz de Tenerife.
Avda. Tres de Mayo, nº3, 3ª Planta.
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El Diputado del Común:
En Tenerife, en Rambla General Franco nº21. Santa Cruz de Tenerife.
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Los medios de comunicación:
Para esto puedes enviárnoslo a nosotros que se lo mandaremos a ellos el mismo día: comunicacion@afaprete.org






